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jueves, 26 enero 2006

La igualdad de género

El Servicio Nacional de la Mujer SERNAM es una institución pública que nunca he podido entender como tal…

Advertencia: No soy machista ni mucho menos, así que ruego no ser pre-juzgado.

De partida, porque este servicio público (cuyo titular tiene rango de Ministro de Estado, cosa mas extraña un "Ministro" bajo el mando de otro Ministro) tiene por objeto central proponer en sede colaborativa con el Ejecutivo, planes generales y medidas conducentes a que la mujer goce de igualdad de derechos y oportunidades respecto del hombre, en el proceso de desarrollo político, social, económico y cultural del país, respetando la naturaleza y especificidad de la mujer que emana de la diversidad natural de los sexos, incluida su adecuada proyección a las relaciones de la familia…

Aquí viene mi gran observación, estimo que este servicio público debe reorientar sus objetivos, mas que de hablar de hablar de una "nivelación de de oportunidades de la mujer respecto del hombre" hay que dar un paso más adelante, es decir, hay que hablar de una "igualdad de oportunidades intergénero", que es un concepto muchísimo mas amplio e integral que el que establece la ley, ya que permite orientar políticas que propendan a la igualdad de derechos de la mujer respecto del hombre, como del hombre respecto de la mujer (el caso mas patente  de diferencias de trato mujer-hombre es en el tema de las pensiones de sobrevivencia, en donde el varón para tener derecho a percibir la pensión de su cónyuge, debe ser inválido y vivir a expensas de la mujer trabajadora). E incluso si me apuran, respecto de los derechos de las minorías sexuales (entrando de lleno en los llamados derechos de 3ª generación), como por ejemplo las uniones civiles y las adopciones de parejas homosexuales.

 

Este planteamiento no es original mío, así ya lo han entendido paises como los escandinavos, especialmente los suecos, donde el tema se trata a nivel de "Ministerio de la Igualdad de Género".

 

En síntesis, la actual legislación del susodicho servicio discrimina negativamente, ya que reconoce legalmente la inferioridad de la mujer respecto del varón, lo que no se condice con el espíritu de la Ley fundamental ya que cuando ésta habla de la libertad e igualdad en dignidad y derechos no mira géneros, mas la ley sí que lo hace. Lo cual hace urgente revisar la respectiva legilación para que sintonice con los planteamientos de la Carta de 1980.

A propósito de lo anterior, felicito a doña Josefina Bilbao, ex Directora del SERNAM por la tozudez de haber promovido, (a mi juicio so riesgo de equivocarme) en la reforma mas absurda hecha a la Constitución Política, al cambiar la palabra "hombres" por "personas" en el Art. 1º, la palabra persona sin mas, lleva a equívocos y refleja una pésima técnica del legislador. Si la Sra. Bilbao deseaba borrar enclaves machistas en el Código Político, debio haber reemplazado "hombres" por "individuos de la especie humana", que es lo técnicamente correcto.

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Bienvenidos a la remodelación de este blog, espero que la nueva presentación sea de su completo agrado.

01:05 Anotado en Derecho Constitucional , Otros | Permalink | Comentarios (4) | Enviar a Email